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Considerando que en el año académico 2008-2009 se implantarán, con carácter general, las enseñanzas correspondientes a los cursos 2º y 4º de Educación Secundaria Obligatoria y de 1º de Bachillerato en los institutos de Educación Secundaria, en cumplimiento del Real Decreto 806/2006, de 30 de junio, por el que se establece el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo (BOE 14.07.2006), establecida por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE 04/05/2006). La Comunidad Valenciana ha publicado los Decretos de currículo de las distintas enseñanzas introduciendo nuevos elementos para potenciar la calidad educativa, el papel de los proyectos educativos y el desarrollo de la autonomía pedagógica y organizativa de los centros. Asimismo la disposición transitoria undécima de la Ley 2/2006, de 3 de mayo, establece que en las materias cuya regulación remite la presente Ley y en tanto éstas no sean dictadas, serán de aplicación, en cada caso las normas de este rango. Por tanto para este curso académico 2008- 2009, continúa siendo de aplicación, con carácter supletorio, el Decreto 234/1997, de 2 de septiembre por el que se aprueba el reglamento orgánico y funcional de los institutos de Educación Secundaria. Entre las fechas de publicación del Decreto 234/1997 y la actualidad, siguen vigentes la Orden de 29 de junio de 1992 y las resoluciones anuales por las que se dictan instrucciones en materia de ordenación académica y de organización de la actividad docente, denominadas de comienzo de curso, que progresivamente han ido incorporando elementos relativos a la coordinación docente y a la implantación de las nuevas enseñanzas.