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A) Si tras el nacimiento, el bebé, debido a problemas médicos, debe permanecer ingresado, debemos tener en cuenta:
- Los permisos de maternidad y paternidad comienzan a computar desde el momento del nacimiento del bebé.
- Por tanto, se debe solicitar y tramitar de forma habitual los permisos de maternidad y paternidad.
- Una vez el bebé haya obtenido el alta hospitalaria, se debe presentar una INSTANCIA Expone-Solicita, informando de este hecho a la Administración.
Se debe adjuntar un documento, expedido por el hospital o la clínica, que certifique el período durante el cual el bebé ha permanecido ingresado.
- De esta forma la Administración prolongará el permiso, añadiendo los días que el bebé ha permanecido ingresado.
- El período máximo de prolongación del permiso será un máximo de once semanas.
B) Si por algún motivo el bebé ANTES DE CUMPLIR UN MES debe ser ingresado, se prolongará el permiso el período correspondiente al tiempo de ingreso.
Una vez el bebé haya obtenido el alta hospitalaria, se debe presentar una INSTANCIA Expone-Solicita, informando de este hecho a la Administración.
Se debe adjuntar un documento, expedido por el hospital o la clínica, que certifique el período durante el cual el bebé ha permanecido ingresado.