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General      Castellano Valencià
NUEVA NORMATIVA: Adjudicaciones continuas y difícil cobertura.
Publicada 26-01-2018

NOVEDADES

AVISO: En fecha 26 de enero de 2018 se ha publicado en el DOGV (número 8221) la Resolución de 23 de enero de 2018, de la Dirección General de Centros y Personal Docente, por la que se regulan los procedimientos de adjudicación continua de puestos de trabajo y de provisión de puestos de difícil cobertura en régimen de interinidad. Según lo dispuesto en la Disposición Final, la entrada en vigor de la referida resolución será al día siguiente de su publicación. No obstante, debido a la adaptación de los procedimientos telemáticos de adjudicación de puestos, su aplicación entrará en vigor el martes 6 de febrero de 2018.

 

 

ADJUDICACIÓN CONTINUA

-Calendario de Adjudicaciones: martes y jueves de cada semana (se adelantan 1 día)

 El día anterior se publicarán las plazas ofertadas

-Adjudicación de oficio: no se añadirá de oficio ninguna provincia no seleccinada en la petición.

 

ADJUDICACIÓN DIFICIL COBERTURA

-Solicitudes: Tras la publicación de la convocatoria, las personas interesadas dispondrán hasta las 02.00 horas (AM) del día de la adjudicación para formalizar la solicitud (con los certificados electrónicos admitidos en la propia sede electrónico).

-Resolución:  Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes se publicará en la página web de la de la Conselleria el listado del personal aspirante al que se le ha adjudicado un puesto de trabajo.

El puesto se adjudicará al primer aspirante que cumpla todos los requisitos generales y específicos.

Los destinos adjudicados son irrenunciables.

El personal al que se le ha adjudicado un puesto deberá personarse en la Dirección Territorial de Educación de la provincia en la que esté ubicado el mismo, a las 09.00 horas del primer día hábil siguiente a la resolución de adjudicación, con la documentación acreditativa de los requisitos generales y específicos que exige el puesto.

No obstante, cada dirección territorial dispondrá del listado de los solicitantes a los que no se les ha adjudicado puesto, por el orden establecido en el apartado 3.5, para llamar al siguiente o siguientes de la lista cuando a la persona a quien se ha adjudicado un puesto no se persone en la dirección territorial o no cumpla los requisitos para ocupar el puesto.