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ANPE en PRENSA. REIVINDICACIONES      Castellano Valencià
Reivindicaciones de ANPE sobre la Ordenación Académica y ORGANIZACIÓN de centros de E.S.O. y BACHILLERATO para el curso 2014-2015
Publicada 25-06-2014

En la MESA TÉCNICA de hoy 25 junio se ha presentado y analizado el BORRADOR DE RESOLUCIÓN POR LAS QUE SE DICTAN INSTRUCCIONES EN MATERIA DE ORDENACIÓN ACADÉMICA Y DE ORGANIZACIÓN DE LA ACTIVIDAD DOCENTE EN LOS CENTROS QUE IMPARTAN EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA Y BACHILLERATO DURANTE EL CURSO 2014-2015.

Para ANPE, estas instrucciones suponen un atraso que afecta seriamente a estas enseñanzas y a las condiciones laborales de los docentes.

Del análisis de dichas Instrucciones ANPE ha llevado a la mesa, presentando como organización sus reivindicaciones de forma estudiada y responsable, a diferencia de otras, las siguientes alegaciones en referencia a diferentes apartados del borrador:

Proyecto educativo

ANPE rechaza la eliminación de la aprobación del proyecto educativo por parte del consejo escolar. En estas instrucciones se establece que será el director/a del centro el que apruebe dicho proyecto educativo. Corresponderá al consejo escolar su evaluación.

Además será publicado y se entregará una copia a las asociaciones de padres y madres del alumnado cuando ya haya sido aprobado por dirección.

Por tanto solicitamos que si bien, este aspecto viene regulado en la LOMCE, SÍ se podría añadir que pase primero por una votación por ambos órganos. 

La Administración indica que sí que se le da audiencia al consejo escolar y al claustro. Nos comentan que a pesar de la autonomía que se da al director hay una vinculación a una posterior evaluación, pero ANPE sigue entendiendo que la última palabra la tiene el director y no vemos que sea vinculante.

La Administración nos dice que se incluirá que de la evaluación que realice el consejo escolar se establecerá en un informe que deberá tenerse en cuenta para  posteriores modificaciones.

Así mismo nos indican que con la LOMCE se ha dado una nueva redacción al art.124 y se establece que el Plan de Convivencia se establece en la PGA y no en el Proyecto Educativo.

Programación general anual

ANPE rechaza el calendario escolar aprobado para el curso 2014-2015 que adelanta el inicio de las clases y a su vez rechaza una vez más las atribuciones otorgadas a los directores que tienen la última palabra en la aprobación de, en este caso, la jornada escolar y la estructura del horario.

Se exige incluir en el Plan de Convivencia lo que ya se solicitó al tratar el Protocolo de actuación con respecto a agresiones a profesores.

Así mismo, ANPE ha manifestado en reiteradas ocasiones su oposición al adelanto de las pruebas extraordinarias.

La Administración establece que se debe esperar a los resultados de este año. El criterio de fechas se ha hecho teniendo en cuenta un margen de 20 días y por tanto se ha considerado que las pruebas extraordinarias se podrían desarrollar el 29 y 30 de junio. Y están abiertos a cualquier propuesta de otras fechas.

Esto no resuelve el problema de aquellos interinos que cesan a 30 de junio porque tendrán que corregir ese mismo día las pruebas y ya no estarán en activo cuando haya que firmar las actas.

Órganos de coordinación docente

ANPE solicita explicaciones de por qué se ha excluido de la composición de la COCOPE al coordinador/a de secundaria.

La Administración considera que se puede incluir pero actuaría con voz pero sin voto porque no se puede contradecir el ROF de Secundaria que en su artículo 94 no lo nombra.

Por otra parte, si bien es cierto que para la  FP Básica hay Instrucciones concretas, no obstante consideramos que hay aspectos  a los que SÍ se debe hacer referencia porque se habla de la propia organización del centro. Uno de estos aspectos es el departamento de FP Básica. Al establecerse el listado de Departamentos vemos necesario que aparezca el Departamento de FP Básica en aquellos IES que no se oferte Ciclos de Formación Profesional, tal y como se nos dijo en la mesa en la que se estudió la regulación de la FP Básica.

Personal docente

ANPE exige que se elimine cualquier referencia a la normativa y aspectos referente a los recortes.

ANPE exige a la administración que las horas lectivas se bajen de 20 a 18.

Además indicamos que el nombramiento de funcionarios interinos por sustitución transitoria de los docentes titulares se produzca en el momento de la notificación de la situación por parte del docente y no cuando hayan transcurrido diez días lectivos. Esto último supone que este período deberá ser atendido con los recursos del propio centro docente lo que dará lugar a una sobrecarga de trabajo en el profesorado.

Se incluye un apartado para la Prevención de riesgos en el sector docente pero pensamos que se resume a concretar la actuación cuando necesite algún equipo para llevar a cabo sus funciones pero echamos en falta la mención a posibles riesgos pisosociales. La Administración nos dice que se incluirá en dicho apartado.

Enseñanzas

Se elimina la posibilidad de que todos los alumnos y alumnas que finalicen los estudios correspondientes a la educación básica sin obtener el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, reciban del centro educativo, al finalizar el último curso escolar en el que hayan estado matriculados un certificado oficial sobre su escolaridad y el nivel de adquisición de las competencias básicas y un informe orientador sobre sus opciones académicas y profesionales.

La Administración nos indica que se sustituirá por otro informe.

En cuanto a las Evaluaciones de diagnóstico al finalizar el segundo curso consideramos que deben servir al objeto para el que se ha planificado, es decir, como instrumento interno al centro y lo que se debe evaluar es al alumno y no se debe equiparar a la evaluación del centro y por otra parte que no se haga pública.

Criterios para la constitución de grupos y confección de horarios

ANPE considera que el número máximo de alumnos por unidad, que se establece en la ESO en 36 (antes 30) y en BCH en 42 (antes 35), es desmesurado, no atiende a razones pedagógicas e implica la imposibilidad de conseguir una educación de calidad.

Así mismo, y teniendo en cuenta los máximos fijados, vemos insuficiente la reducción de la ratio cuando se escolaricen a alumnos/as con necesidades educativas especiales permanentes, reducción que será de 3 en el caso del primer alumno con necesidades especiales permanentes y de 4 alumnos más por el segundo (el número máximo de alumnos con estas características será de 2 por unidad). Por tanto, lo que viene a establecer es que, cuando no se llega a los máximos no se llevará a cabo dicha reducción.