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ANPE EXIGE QUE SE CLARIFIQUEN TODAS LAS SITUACIONES DE ENFERMEDAD EXENTAS DE DESCUENTO EN NÓMINA EN CASO DE BAJA LABORAL
La Ley de Medidas Fiscales recogió los casos de baja laboral por incapacidad transitoria en los que no se descuenta en nómina, aprobados gracias al Acuerdo de Función Pública firmado por la Conselleria y ANPE- FSES junto con algunos sindicatos.
La Ley tiene efectos retroactivos, así que, aquellos docentes que desde el 1 de Octubre de 2012 se encontraron en alguna de las situaciones descritas como excepción, deben reclamar el descuento que entonces se les practicó.
Queda por especificar:
1. ¿Qué enfermedades comunes infectocontagiosas no descuentan?.
2. ¿ Qué supuestos de trastorno de conducta grave no descuentan?
3. ¿Qué enfermedades se consideran consecuencia de actividad laboral?
ANPE pide que se clarifique estas cuestiones pendientes, exigiendo :
1. Catálogo de enfermedades infectocontagiosas que no suponen descuento.
2. Listado de supuestos de trastornos diagnosticados por psiquiatría que no descuentan.
3. Que todas las enfermedades causadas por la actividad laboral se consideren exentas de descuento
ANPE recomienda al profesorado presentar reclamación en caso de descuento y ofrece asesoramiento para este procedimiento.