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FUNCIONARIOS EN PRÁCTICAS: Reclamación por NO poder solicitar COMISIÓN de SERVICIOS. En otras Comunidades, a los Funcionarios en Prácticas SÍ se les ha permitido solicitarlas
Publicada 29-05-2011

¿CÓMO FUNCIONA EL CONCURSILLO EN CASTILLA-LA MANCHA? Tras la resolución definitiva del concurso de traslados, se llevará a cabo un proceso informático de adjudicación de destinos provisionales para el curso 2011/2012. Podrán participar en este proceso aquellos funcionarios y funcionarias del Cuerpo de Maestros que hayan participado en el concurso general de traslados. En este proceso se ofertarán las plazas que, tras la resolución definitiva del concurso general de traslados, existan y se determinen por la Consejería de Educación, Ciencia y Cultura hasta el 15 de julio de 2011 y que se consideren de necesaria provisión para el curso 2011/2012. Asimismo se ofertarán las resultas que dejen aquellos participantes que, a su vez, sean adjudicatarios de un destino provisional en este proceso. La asignación de plazas se llevará a cabo en función de las mismas peticiones, y en el mismo orden, realizadas por los interesados en su solicitud de participación en el concurso general de traslados, y la prioridad en la adjudicación vendrá dada por la puntuación definitiva obtenida en el Baremo de Méritos del concurso general de traslados. Por Resolución de la Dirección General de Personal Docente se realizará la adjudicación de plazas y se procederá a su publicación en los tablones de anuncios de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación, Ciencia y Cultura, en la Sede de la propia Consejería de Educación, Ciencia y Cultura y en Internet en el Portal de la Educación (www.educa.jccm.es). El destino adjudicado mediante este procedimiento tendrá carácter provisional (solo para el curso 2011/2012), debiendo el adjudicatario tomar posesión del mismo el 1 de septiembre de 2011 y debiendo cesar en dicho destino el 31 de agosto de 2012. La adjudicación de destino provisional en este procedimiento es irrenunciable y no supone la pérdida del destino definitivo que posean los adjudicatarios.