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Se ha publicado en el DOCV la nueva normativa sobre los créditos de formación necesarios para obtener el reconocimiento y cobro de los sexenios. En concreto, es la ORDEN 99/2010, de 21 de diciembre, de la Conselleria de Educación, por la que se regulan las modalidades, la convocatoria, el reconocimiento, la certificación, el registro y la valoración de las actividades de formación permanente del profesorado. Según esta nueva normativa, la Administración exige el cumplimiento de las siguientes condiciones: a) Un mínimo de 70 créditos de los 100 créditos requeridos debe conseguirse a través de actividades de formación sobre competencias científicas, didácticas (metodología, tutoría, gestión de aula, convivencia, resolución de conflictos y habilidades comunicativas y sociales), atención a la diversidad y específicas del puesto que se desempeña. b) Un mínimo 20 créditos de los 100 créditos requeridos debe conseguirse a través de actividades de formación sobre temas relacionados con actividades que desarrollen competencias técnicas: Bloque 1): Tecnologías de la información y la comunicación. Bloque 2): Lenguas extranjeras. Cuando las competencias específicas del puesto que se desempeña tengan relación con alguno de los bloques anteriores, los créditos deberán obtenerse a través de actividades de formación pertenecientes al otro bloque. c) Un mínimo de 10 créditos de los 100 requeridos debe conseguirse a través de actividades de formación que desarrollen las competencias de desarrollo personal y del centro (prevención de riesgos laborales, programas institucionales e institucionalizados). ¿A QUÉ PROFESORES AFECTAN ESTOS CAMBIOS? - Si cumples tu próximo sexenio antes del 22 de enero de 2014, esta nueva normativa NO te afecta. Para el sexenio mencionado, seguirá vigente la normativa actual, es decir, los 100 créditos de los cursos pueden tratar sobre cualquier tema relacionado con la enseñanza. El siguiente sexenio, que se cumple después de 2014, sí que deberá ajustarse a la nueva normativa. - Si cumples tu próximo sexenio después del 22 de enero de 2014, esta nueva normativa SÍ te afecta. Por lo tanto, dispones de tres años para realizar los créditos requeridos en cada apartado.