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BOE: Resolución, por la que se convocan los Premios Nacionales de Bachillerato correspondientes al curso 2007/2008
Publicada 17-02-2009

Resolución de 11 de febrero de 2009, de la Secretaría de Estado de Educación y Formación, por la que se convocan los Premios Nacionales de Bachillerato correspondientes al curso 2007/2008. Por Orden de 13 de diciembre de 1999 (BOE de 25 de diciembre) se crean los Premios Nacionales de Bachillerato y se establece que podrán concurrir a los mismos los alumnos que hayan obtenido Premio Extraordinario. En su apartado segundo, dicha Orden dispone que el Ministerio de Educación y Cultura convocará y concederá anualmente los Premios Nacionales de Bachillerato. Por todo ello, y como reconocimiento oficial al esfuerzo, trabajo y dedicación de los alumnos que finalizan sus estudios de Bachillerato con excelente trayectoria académica, he dispuesto: Primero.– 1. Se convocan quince Premios Nacionales de Bachillerato con cargo al crédito 18.06.323M.483.03, de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2009 para su concesión en régimen de concurrencia competitiva. 2. La dotación de cada Premio Nacional de Bachillerato ascenderá a 1.200 euros. Segundo.– Podrán optar a estos Premios los alumnos que, habiendo cursado segundo de Bachillerato durante el curso académico 2007/2008, hayan resultado merecedores de un Premio Extraordinario de Bachillerato y se inscriban mediante instancia formulada según el modelo que se incluye como anexo. Tercero.– Las inscripciones se presentarán hasta el día 13 de marzo de 2009 inclusive, en la Dirección General de Cooperación Territorial (Subdirección General de Becas y Promoción Educativa, Servicio de Actividades de Alumnos, c/ Torrelaguna, 58, 28027 Madrid). La presentación podrá realizarse bien directamente o a través de las dependencias establecidas en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE del 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. A estos efectos, los registros de los centros docentes no se consideran incluidos dentro de las dependencias enumeradas en el artículo 38.4 de la referida Ley. Cuarto.– 1. La Dirección General de Evaluación y Ordenación del Sistema Educativo remitirá a las Comunidades Autónomas, Direcciones Provinciales del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, y en su caso, a las Consejerías de Educación en el exterior, tanto las instrucciones necesarias para el desarrollo de las pruebas, como el contenido de las mismas. 2. Las pruebas constarán de dos ejercicios: Primer ejercicio: a) Lengua castellana y Literatura: análisis de texto y comentario crítico. b) Historia: análisis y comentario de un texto relativo a la Historia de España. Segundo ejercicio: Respuesta a cuestiones y/o resolución de ejercicios prácticos sobre los contenidos de la materia de modalidad elegida por el alumno, al realizar la inscripción, entre las que se señalan en el anexo. 3. Las pruebas se celebrarán el día 22 de abril de 2009. Los órganos pertinentes de las Comunidades Autónomas, así como las Direcciones Provinciales del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte y en su caso, las Consejerías de Educación en el exterior, comunicarán a los alumnos participantes el lugar de celebración de las pruebas, con la suficiente antelación.