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Los Equipos Directivos han Cobrado en el mes de diciembre las Cantidades Acordadas, en Cumplimiento de uno de los Puntos del Acuerdo de 8 de Mayo de 2007, Firmado por ANPE
Publicada 19-01-2009

LOS EQUIPOS DIRECTIVOS HAN COBRADO EN EL MES DE DICIEMBRE LAS CANTIDADES ACORDADAS, EN CUMPLIMIENTO DE UNO DE LOS PUNTOS DEL ACUERDO DE 8 DE MAYO DE 2007, FIRMADO POR ANPE Y OTRAS ORGANIZACIONES SINDICALES. LA CONSELLERIA HA INFORMADO QUE SI ALGUNA PERSONA NO HA RECIBIDO CORRECTAMENTE EL AUMENTO ACORDADO, PRESENTE UNA RECLAMACIÓN ANPE EXIGE AHORA QUE SE NEGOCIE URGENTEMENTE UN NUEVO ACUERDO DE INTERINOS. ASÍ SE FINALIZARÁ, POR FIN, LA NEGOCIACIÓN DE TODOS LOS PUNTOS INCLUIDOS EN EL ACUERDO FIRMADO EL 8 DE MAYO DE 2007 DE RETRIBUCIONES Y CONDICIONES LABORALES DEL PROFESORADO VALENCIANO Desde la firma de este acuerdo, se han ido negociando y llevando a cabo los apartados del acuerdo: Conciliación de la vida laboral y familiar, creación de puestos de educación infantil y educadores, prevención de riesgos y salud laboral, plantillas de Formación Profesional, complemento específico, complemento retributivo relacionado con la formación permanente. El pasado 19 de febrero de 2007 se llegó a un consenso en cuanto a una nueva tipología de los centros, atendiendo al número de unidades; y por otra parte, la forma en que se iban a repartir los 15 millones de euros, que constaban en el acuerdo, entre los equipos directivos valencianos. Faltará así un punto importante del acuerdo: Publicación de una nueva normativa que regule las condiciones laborales del profesorado interino valenciano. ANPE, SINDICATO INDEPENDIENTE Y FIRMANTE DEL ACUERDO DE 8 DE MAYO DE 2007, VELARÁ POR LA MEJORA DE LAS CONDICIONES LABORALES DEL PROFESORADO VALENCIANO, Y POR EL ESTRICTO CUMPLIMIENTO DE LOS ACUERDOS FIRMADOS ACUERDO MESA SECTORIAL 19 DE FEBRERO DE 2008: NUEVA TIPOLOGÍA DE LOS CENTROS Y RETRIBUCIONES EQUIPOS DIRECTIVOS SEGÚN ACUERDO 8 DE MAYO DE 2007 Antecedentes La Propuesta de Mejora Retributiva firmada por los sindicatos FE CCOOPV, ANPECV, FETE-UGTPV, CSI-CSIF y CEMSATSE y la Administración Educativa contenida en el Acuerdo 8 de MAYO de 2007 de la Mesa Sectorial de Educación, sobre funcionamiento de los centros docentes públicos de la Conselleria de Cultura, Educación y Deporte sobre condiciones laborales y retribuciones del personal funcionario docente no universitario de la Comunidad Valenciana para el periodo 2007-08, en su punto 6, apartado c) Reconocimiento y estímulo del ejercicio de la función directiva en los centros públicos: “ La Conselleria de Educación incentivará el ejercicio de la función directiva mediante el incremento del componente del complemento específico por desempeño cargos directivos en una cantidad global de 15 millones de euros. En mesas técnicas se determinará la distribución del referido incremento, con una distribución ponderada entre los tipos de centros y los diferentes tipos de cargos directivos”. En base a este acuerdo y la posterior negociación con los sindicatos de la Mesa Sectorial de Educación STEPV-IV, FE CCOOPV, ANPECV, FETE-UGTPV se propone lo siguiente: CLASIFICACIÓN DE CENTROS PÚBLICOS DE EDUCACIÓN INFANTIL 1er CICLO, EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA, CENTROS ESPECÍFICOS DE EDUCACIÓN ESPECIAL Y FORMACIÓN DE PERSONAS ADULTAS DE PRIMARIA, POR NÚMERO DE UNIDADES, y RETRIBUCIONES EQUIPOS DIRECTIVOS. TIPO UNIDADES DIRECTOR J.ESTUDIOS SECRETARIO A > 27 636,11 € 413,47 € 413,47 € B DE 17 A 26 Y C.E.E 585,29 € 380,44 € 380,44 € C DE 6 A 16 451,17 € 293,26 € 293,26 € D <6 359,66 € 233,78 € 233,78 € * Excepto aquellos que tengan 27 o más unidades. Según las clasificaciones anteriores referidas a los TIPOS de centros por número de unidades o alumnado, los criterios de ponderación que se han aplicado para obtener las nuevas retribuciones MENSUALES han sido aplicar los siguientes: - Una vez aplicadas las nuevas tipologías de centros se propone un incremento sobre las retribuciones del 2007, actualizadas con el 2%, una subida lineal de al menos 100 euros para todos los directores y directoras. - Para determinar las nuevas retribuciones de jefaturas de estudio, secretarías y vicedirecciones se aplicará la ponderación del 65% de las NUEVAS retribuciones de la dirección de su mismo TIPO o clasificación. - Para determinar las nuevas retribuciones de las vicesecretarías de los IES se aplicará la ponderación del 40% de las retribuciones de la dirección de su mismo TIPO o clasificación. - Las vicedirecciones de secciones de IES, en tanto se mantengan en esa situación, percibirán las mismas retribuciones que las direcciones del Tipo C. - Las vicesecretarías y las jefaturas de estudios de secciones de IES, en tanto se mantengan en esa situación percibirán las mismas retribuciones que las vicesecretarias y las jefaturas de estudios del Tipo C. La nueva clasificación de centros sustituye la clasificación recogida en la orden de 15 de febrero de 1993 de la Conselleria de Economía y Hacienda (DOGV, nº 1969 de 22-02-93) y actualiza las retribuciones de todos los cargos directivos. Los efectos económicos y administrativos de este acuerdo serán a 1 de enero de 2008. NUEVA CLASIFICACIÓN DE CENTROS A) Clasificación de Centros Públicos de Educación Infantil 1er ciclo, Educación Infantil y Primaria, Centros Específicos de Educación Especial y Formación de Personas Adultas de Primaria, por Número de Unidades. TIPO Nº UNIDADES A MÁS DE 27 B DE 17 A 26, Y CENTROS ESP. DE E.E. C DE 6 A 16 D MENOS DE 6 B) Clasificación de Centros Públicos de Educación Secundaria, (IES y secciones), Formación Profesional Específica, Enseñanzas de Idiomas, Formación de Personas Adultas, Enseñanzas Especializadas y Centro Residencial de Cheste por Número de Unidades o Alumnado. TIPO Nº UNIDADES Nº ALUMNOS A MÁS DE 24 MÁS DE 1000 B DE 12 a 24 DE 500 a 999 C MENOS DE 12 MENOS DE 500