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Normativa sobre Funcionamiento y Organización de Centros | Área Bachillerato      Castellano Valencià
DOCV: Orden sobre Evaluación en Bachillerato
Publicada 01-03-1995

ORDEN de 17 de enero de 1995, de la Conselleria de Educación y Ciencia, sobre evaluación en Bachillerato. El Decreto 174/1994, de 19 de agosto, del Gobierno Valenciano, por el que se establece el currículo del Bachillerato en la Comunidad Valenciana (DOGV del 29 de septiembre), en el artículo 21 establece que en esta etapa la evaluación será continua y diferenciada según las diferentes materias del currículo, vincula la evaluación del aprendizaje realizado en dichas materias con la apreciación de la madurez académica de los estudiantes en relación con los objetivos del Bachillerato y con sus posibilidades de progreso en estudios posteriores y encomienda a los profesores una actuación coordinada en la adopción de las decisiones resultantes del proceso de evaluación. Por otra parte, el artículo 20 del citado decreto precisa que la evaluación no se limita a los progresos que los estudiantes realizan en su aprendizaje, el profesorado debe evaluar, también, el proceso de enseÑanza, su propia práctica docente y las programaciones didácticas y el proyecto curricular que están desarrollando en relación con su adecuación a las necesidades educativas del centro y a las características específicas del alumnado. La Orden de 30 de octubre de 1992 (BOE del 11 de noviembre), modificada por la Orden de 2 de abril de 1993 (BOE del día 15), ha determinado los elementos básicos de los informes de evaluación, así como los requisitos formales derivados del proceso de evaluación que son necesarios para garantizar la movilidad de los estudiantes. En consecuencia, es preciso establecer normas de evaluación coherentes con los objetivos que el currículo asigna al Bachillerato y concretar aspectos cuyo desarrollo corresponde a la Conselleria de Educación y Ciencia. Esta orden regula, por tanto, el carácter continuo y conjunto de la evaluación de las diferentes materias del currículo, el desarrollo del proceso de evaluación y la promoción de los estudiantes. Establece los documentos oficiales que servirán de soporte a la evaluación y contiene, finalmente, indicaciones para llevar a cabo la valoración de las programaciones didácticas y del proyecto curricular y para que el proceso de enseñanza y aprendizaje de los estudiantes sea evaluado de acuerdo con criterios de objetividad.