ANPE AFÍLIATE DESCUENTOS PARA AFILIADOS CURSOS CONTACTO SEDES
1. ¡¡NO A LOS RECORTES!! 2. ¡¡HEMOS LOGRADO LA JORNADA CONTINUA!!
         

ANPE ALICANTE

Tel: 965 208 904
Fax: 965 206 880
Horario mañanas:
10:00 - 13:00 de Lunes a Viernes
Horario tardes:
17:00 - 19:00 de Lunes a Jueves


Visitas totales 3076429

Visitas hoy Conectados 2 0
Normativa sobre Funcionamiento y Organización de Centros | Área Maestros      Castellano Valencià
DOCV: Financiación de los Libros y Material Escolar en los niveles obligatorios de la enseñanza para el curso académico 2008-2009
Publicada 04-08-2008

El Ministerio de Educación, Política Social y Deporte y la Conselleria de Educación de la Generalitat han suscrito, previa tramitación reglamentaria, el día 9 de junio de 2008, un Convenio para la financiación de los libros y material escolar en los niveles obligatorios de la enseñanza para el curso académico 2008-2009. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 8.2 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana de dicho Convenio, que ha quedado inscrito en el Registro de Convenios de la Generalitat con el número 0985/2008, y que figura como anexo de esta resolución. CONVENIO ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, POLÍTICA SOCIAL Y DEPORTE Y LA CONSELLERIA DE EDUCACIÓN DE LA GENERALITAT DE LA COMUNITAT VALENCIANA PARA LA FINANCIACIÓN DE LOS LIBROS Y MATERIAL ESCOLAR EN LOS NIVELES OBLIGATORIOS DE LA ENSEÑANZA PARA EL CURSO ACADÉMICO 2008-2009. INTERVIENEN De una parte, Doña Mercedes Cabrera Calvo-Sotelo, Ministra de Educación, Política Social y Deporte, en virtud del Real Decreto 436/2008, de 12 de abril, y en uso de la competencia establecida en la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. De otra parte, el Honorable Sr. D. Alejandro Font de Mora Turón, conseller de Educación de la Generalitat de la Comunitat Valenciana, en nombre y representación de la Generalitat, expresamente facultado para este acto por acuerdo del Consell de la Generalitat de fecha 16 de mayo de 2008. Reconociéndose que ostentan capacidad para suscribir el presente convenio, EXPONEN Que el artículo 149.1.1ª y 30ª. de la Constitución Española reserva al Estado la competencia exclusiva sobre la regulación de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de los derechos y sobre las normas básicas para el desarrollo del artículo 27 de la Constitución, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones de los poderes públicos en esta materia. Que el Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana establece en su artículo 53.1 que es de competencia exclusiva de la Generalitat la regulación y administración de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, sin perjuicio de lo que disponen el artículo 27 de la Constitución y las Leyes Orgánicas que, de acuerdo con el apartado 1 del artículo 81 de aquélla lo desarrollan, de las facultades que atribuye al Estado el número 30 del apartado 1 del artículo 149 de la Constitución Española y de la alta inspección necesaria para su cumplimiento y garantía. Que ambas partes coinciden en el objetivo de colaborar en la financiación de los libros y material escolar con las familias de los alumnos matriculados en centros sostenidos con fondos públicos en los niveles obligatorios de la enseñanza.